viernes, 27 de abril de 2012

¿Se puede desheredar a un familiar directo?


El derecho a la sucesión, es uno de los derechos con más antigüedad de nuestro ordenamiento jurídico y está presente en todas las civilizaciones. Normalmente, se suele dejar como beneficiarios a los familiares directos o a otras personas por deseo expreso del fallecido. Pero, ¿se puede dejar sin herencia a un familiar directo, para beneficiar a otros? 
La respuesta es no, el ordenamiento jurídico en esta materia, no contempla esta opción, a menos que concurran unas situaciones especiales que dictan las leyes en esta materia.

¿Cuándo podemos desheredar a un hijo?



  • Si, el descendiente hubiese sido condenado por atentar contra la vida del testador o haberlo intentado.
  • Si el hijo hubiera intentado o coaccionado al padre para influir directamente en la elaboración del documento testamentario.
  • Si el descendiente, hubiese calumniado al testador sobre un delito grave, que hubiese sido valorado como falso.
  • El heredero, que sabiendo que el testador hubiera muerto de forma violenta y no lo comunique a las autoridades, también perderá sus derechos sucesorios.
  • Si el hijo hubiera maltratado o negado los alimentos al testamentario, así como abandonado, corrompido o prostituido.

Todos estos motivos recogidos en el derecho a la sucesión, son de tal gravedad que sólo suelen concurrirse en extrañas ocasiones. Así que por lo general, aunque le pese al testador, la ley si no concurren estos casos, suele amparar el derecho a la herencia de los hijos y descendientes.

miércoles, 25 de abril de 2012

Testamentos curiosos


Cuando acudimos a un notario a expresar nuestra última voluntad, la creatividad y la imaginación, en muchas ocasiones no se quedan en casa. Por que un testamento no tiene por que ser siempre serio y lúgubre, o por lo menos  eso es lo que debieron pensar los siguientes testamentarios:

León Tolstoi

  • León Tolstoi, nacido en el año 1828 y fallecido en 1910. Novelista ruso brillante, precursor de la pedagogía libertaria, fundó una escuela para campesinos  y los instruyó en el respeto hacia ellos mismos y entre ellos. Cuando realizó su última voluntad, su deseo final, fue dejar todas sus propiedades y pertenencias al tronco de  un árbol. 
  • La multimillonaria  Leona Helmsley, dejó como herederos de su fortuna en su última voluntad, valorada en 12 millones de dolares, a su perro y a su hermano. A su hijo, le dejó expresamente "El placer de ganarse la vida por si mismo, cosa que no ha hecho en 35 años" y a su hija "a penas 1.000 dolares, va a necesitar, por que el mejor negocio que ha hecho en su vida, es casarse con su marido".

miércoles, 18 de abril de 2012

¿Qué es el usufructo?


El usufructo, es una figura legal testamentaria, que procede del derecho romano, que tenía como objetivo, dejar en provecho los bienes a la viuda, pero sin que la descendencia perdiera los derechos de herencia de esos bienes.
En este caso, dejar algún bien o propiedad en usufructo, sería derivar el uso y disfrute de esa propiedad y el dinero que genere, pero sin ceder la propiedad al usufructuario (parte beneficiada), por un tiempo máximo no superior a treinta años. Se entiende entonces, que el usufructuario, no podrá ni vender ni enajenar el bien o la propiedad, que será del nudo propietario, que es quién tiene la propiedad legal.
El usufructo puede ser de tipo simple, cuando sólo es una persona el que lo recibe o múltiple, cuando son varios los perceptores de este beneficio.
En relación al bien o propiedad sobre el que se realiza el usufructo, puede ser propio, cuando el bien no es consumible o impropio cuando es un bien consumible.
Será parcial, cuando el usufructo se refiere sólo a un aparte de él o total, cuando recaiga sobre la totalidad del bien.

miércoles, 11 de abril de 2012

Los distintos tipos de testamentos


El testamento es la expresión de la última voluntad de una persona para disponer de sus bienes. Es un documento personalísimo y libre, ya que no debe existir presión alguna para redactar dicha voluntad.
Otra característica, es que puede ser corregido las veces que la persona quiera, siendo valedero el último testamento.

No todos son iguales

Un testamento público es cuando es necesaria la intervención de un notario.
Existen también casos especiales. Como el testamento privado, donde por alguna razón (enfermedad, prisioneros militares, etc.) no es posible la presencia de un notario. Debe haber al menos cinco testigos que firmarán el documento. Si al cabo de un mes la situación del testador se soluciona, el testamento resultará inválido.
El testamento marítimo es escrito en caso de que la vida del testador se encuentre en riesgo por un viaje a altamar. Debe ser firmado ante dos testigos, y queda invalidado en el momento en que pisa tierra con vida.
Otro caso es el testamento hecho en país extranjero, que puede efectuarse cumpliendo con las formalidades del país en que se encuentre. Siendo válido en ese lugar, también lo será en el país de origen del testador.
(mjc)

miércoles, 4 de abril de 2012

El legado de Manuel Belgrano


Manuel Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano fue uno de los próceres más importantes de la historia argentina. Se lo considera el creador de la bandera celeste y blanca, enarbolada en un acto de rebeldía en febrero de 1812.
Fue abogado, secretario del primer gobierno patrio, lo obligaron a ser militar y comandar la expedición al Paraguay. Sin embargo, murió a los 50 años, ahogado en una injusta pobreza.


Belgrano, testamento y legado

Manuel Belgrano murió el 20 de junio de 1820, tras padecer sífilis e hidropesía, pobre y abandonado por su patria.
Había dictado su testamento 25 días antes de morir. No teniendo ningún heredero, dejó lo poco que tenía a su hermano, Domingo Belgrano, y lo nombró patrono de las escuelas por él fundadas.
Aclaró que, una vez pagadas las deudas, entregara el resto a su hija natural Manuela Mónica, de un año.
Otro legado que dejó Belgrano fueron 40.000 pesos fuertes, suma equivalente entonces al cuatro por ciento de las exportaciones del país. Lo destinó a la creación de cuatro escuelas en el norte argentino.
Enterrados en casi dos siglos de burocracia, estos establecimientos lograron concretarse recién a partir del año 2000.
(mjc)